En el caso de Gastronomicos que firmo un acuerdo para realizar suspenciones por el art. 223 bis entre UTHGRA y FEHGRA, res 2020-30825446, el cual fue homologado. ¿Debo de todas maneras presentar alguna documentacion via TAD?
Si tiene que presentar ante el MTESS el escrito donde se establece la suspensión por el art. 223 bis LCT acompañado del listado de trabajadores.
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Un bar que no tuvo a sus empleados suspendidos durante los meses de abril y de mayo. En junio tampoco trabajaron dado que el bar no abrió. ¿El plazo de las suspensiones fue prorrogado?
El plazo de la suspensión por art. 223 bis LCT se prorrogo 60 días (junio/julio).
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¿Cuánto tiempo para atrás se puede aplicar la suspensión? ¿Es retroactivo a Abril o se debe aplicar a partir de Mayo?
¿Se debe presentar a través del TAD, o con mail al Ministerio de Trabajo?
La suspensión se puede aplicar desde el 1° de abril y hasta el 31 de mayo, son 60 días.
Tiene que enviar el acuerdo a la mesa de entrada del Ministerio de Trabajo. >
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Disposición Nº 5 S.F.T.(B.O. Nº 34.379 del 2020-05-13)
Emergencia sanitaria. Artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744. Registro de acuerdos homologados. Creación. . Mediante esta norma se crea en el ámbito de la Subsecretaría de Fiscalización del Trabajo el Registro de acuerdos homologados en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976).
Las Autoridades Provinciales del Trabajo que, dentro de sus competencias, homologuen acuerdos suscriptos en los términos del artículo 223 bis de la Ley de Contrato de... >
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¿Sobre esta asignación se deben realizar las deducciones de de jubilación 11% y Ley Nº 19.032 3%?
No lleva aportes ni contribuciones a la seguridad social. De acuerdo a cómo se haya firmado el acuerdo con el gremio lleva aportes y contribuciones de obra social. >
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Resolución Nº 397 M.T.E.yS.S.(B.O. Nº 34.369 del 2020-04-30)
Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción para empleadores y empleadoras y trabajadores y trabajadoras afectados por la emergencia sanitaria. Mecanismos de suspensión de tareas. Artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.. Mediante esta norma se establece que las presentaciones que, en conjunto, efectúen las entidades sindicales con personería gremial y las empresas, para la aplicación de suspensiones conforme al artículo 223 bis de la Ley N° 20.744... >
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¿Para la suspensión conforme artículo 223 bis LCT, hace falta notificar a la AFIP y que ésta preste su conformidad? En caso afirmativo, ¿qué número de resolución lo determina?
Las suspensiones tiene que estar pactadas con el sindicato y aprobadas por el MTEySS. >
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¿Los empleadores están obligados a pagar los sueldos de los empleados por los días no trabajados por la cuarentena? En caso afirmativo, ¿se puede notificar a los empleados que serán suspendidos por fuerza mayor para evitar pagar los sueldos durante la cuarentena?
Aquellos trabajadores que prestaron servicios de manera remota, teletrabajo o home office, de acuerdo a la manera que lo denominen, cobran el sueldo normal, con todos los aportes y contribuciones. Los trabajadores que estuvieron de licencia por el aislamiento obligatorio perciben su remuneración como No Remunerativa... >
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¿Se puede suspender sin goce de haberes a un camionero?
La ley establece que un empleador puede suspender a un trabajador en caso de justa causa, falta o disminución de trabajo no imputable al empleador, fuerza mayor o disciplinarias, debidamente comprobadas. Puede suspenderlo hasta 30 días al año en caso de falta o disminución de trabajo no imputable al empleador y 75 días el caso de fuerza mayor. Las suspensiones tienen que fundarse en justa causa, plazo fijo y ser notificadas por escrito. >
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¿Si un empleado llega reiteradamente tarde, pierde el presentismo? ¿o de qué manera se lo puede sancionar? ¿Si se lo suspende por esa causa por dos días, en ese caso pierde el presentismo?
Si el trabajador llega tarde lo que puede descontarle es el tiempo, sumar todas las llegadas tardes y descontar las horas. Las sanciones disciplinarias tienen que ser proporcionales a la falta cometida y tienen que tener razonabilidad, caso contrario el trabajador se puede dar por despedido. En principio se tiene hacer un llamado de atención, luego varios apercibimientos, luego vendrá un... >
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Un empleado está preso desde 10/2017, aún no tiene sentencia, ¿se debe continuar manteníendolo en la nómina o después de algún tiempo puede/debe hacerse la baja?
Hasta que no tenga sentencia sigue con suspensión precautoria. >
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¿Cómo se instrumenta y cómo se paga la suspensión de personal por cuestiones de falta de trabajo?
Para que una suspensión tenga validez, tiene que ser por escrito, causa justa y tener un plazo determinado. En el caso de justa causa la falta o disminución del trabajo no tiene que ser imputable al empleador. La suspensión no puede superar los 30 días al año (corridos o fraccionados). Los días de suspensión no se abonan.
Fuente: art. 218 y sgtes. L.C.T.. >
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31 de octubre de 2017
,por Subelet, Carlos J. y Subelet, María Cecilia
{Reseña
Los autores repasan las disposiciones referidas a la facultad del empleador para aplicar al trabajador conforme las disposiciones contenidas en la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y las interpretaciones realizadas por la jurisprudencia al respecto.}
1.
INTRODUCCIÓN
La Ley de Contrato de Trabajo (LCT) le reconoce al empleador facultades para organizar económica y técnicamente la empresa, a la vez, que posee facultades de dirección del personal atendiendo a los fines de la empresa.
Dentro de estas facultades, el artículo 67 de la LCT contempla expresamente la de... >
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¿Cómo debe proceder un empleador en el caso de que uno de sus empleados haya sido detenido? ¿Tiene que realizar alguna presentación en AFIP, cómo presenta el F.931 y por cuánto tiempo debe guardarle el puesto de trabajo?
Hay una suspensión de hecho del contrato laboral, lo ideal es que algún familiar acredite que se encuentra privado de la libertad. En el F. 931 se declara como situación 06- Susp. otras causales, días trabajados 0. Hasta que se aclare su situación procesal, no puede despedirlo por esta causa. >
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¿Qué documentación se debe presentar en el Ministerio de Trabajo (Provincia de Bs. As) para suspender al personal por falta de trabajo?
En caso de que la suspensión por falta de trabajo afectara a más del 15%, 10% o 5% del personal, según la dotación de personal que emplee la empresa, estará obligada a iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) ante Ministerio, según los arts. 98° a 105° de la Ley Nº24.013 (Ver también Decreto 265/2002).
El trámite es directo en el Ministerio y pueden solicitar entre otras cosas: Denominación de la empresa y actividad.... >
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¿Qué trámite se debe hacer para suspender por falta de trabajo a los dos únicos empleados? ¿Cómo es el tema de la liquidación de las cargas sociales si la suspensión es por todo el mes?
Toda suspensión dispuesta por el empleador para ser considerada válida, deberá fundarse en justa causa, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador.
Las suspensiones por fuerza mayor debidamente comprobadas podrán extenderse hasta un plazo máximo de setenta y cinco (75) días en el término de un (1) año, contado desde la primera suspensión cualquiera sea el motivo de... >
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¿En el caso de un empleado encuadrado en el convenio UTEDYC CCT N° 700/14, que su suspendido, se le descuenta el día? ¿Pierde el presentismo?
De acuerdo a lo establecido en el CCT N° 700/14 por la ausencia que se genera por la suspensión, pierde el premio de presentismo y puntualidad.
Fuente: art 21 "...A los efectos de percibir el premio por presentismo sólo se justificarán las ausencias con goce de sueldo, es decir, por vacaciones anuales, maternidad y/o adopción y licencias especiales, y las que se generen por enfermedad y accidente inculpables previstas en el... >
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Un empleador desea hacerle un apercibimiento a su empleado que trabaja como repositor en su supermercado por encontrar productos vencidos.
¿El mecanismo del apercibimiento es con una simple nota en donde el trabajador preste conformidad? ¿O debe ser mediante Carta Documento?
¿Que sanción le cabe a el empleado con un solo apercibimiento?
El apercibimiento puede ser por escrito, donde se detalla qué hizo y qué consecuencias tiene, y que si no modifica su conducta, el empleador puede tomar medidas más severas. Acá firman empleador y trabajador.
Si el trabajador no se... >
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Debido a una clausura del local por vencimiento de matafuegos, que duró dos semanas, los empleados no pudieron ir a trabajar. ¿Se les puede descontar los días? ¿Hay una reducción en cargas sociales?
La clausura se debió a negligencia del empleador, no tienen que soportar la carga los trabajadores, sino tendría que haberlos suspendido, cosa que los trabajadores pueden impugnar porque la causa que lo ocasiona es responsabilidad del empleador.
Por lo tanto, debería abonar el sueldo correspondiente a los días de clausura del establecimiento. >
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¿Una suspensión disciplinaria hace perder los días suspendidos y además la asistencia laboral?
Por una suspensión disciplinaria, el trabajador pierde el jornal de esos días. En general, también se pierde el premio de asistencia. >
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16 de noviembre de 2015
,por Sanz, Noemí y Rovelli, Patricia
{Los hombres conocen antes la necesidad de curar sus enfermedades que sus errores. Benjamín Franklin }
1.
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se pretende abordar el tema de los accidentes y enfermedades inculpables, según sea la modalidad bajo la cual ha sido contratado el trabajador –luego enfermo o accidentado– y cual es el tratamiento legal a dispensar según sean los institutos sobre los que recaen. Además, se tratarán situaciones especiales, tales como el pluriempleo y los delegados, tanto del personal como gremiales.
Así, se verá el tema bajo análisis en el... >
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Cuando un empleado llega reiterados días del mes 10 minutos tarde, el empleador le advierte de esta situación verbalmente, pero éste sigue llegando tarde. ¿Cómo se prosigue en este caso?
Primero tendría que amonestarlo o apercibirlo varias veces por escrito. Lo que se busca es un cambio de actitud por parte del trabajador. Si persiste llegando tarde y siempre a cada llegada tarde su apercibimiento, se lo suspende por un día. Las sanciones son graduales y siempre el objetivo es el cambio de aptitud. >
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24 de febrero de 2015
,por Grenabuena, Silvia R. y Orozco, Nestor R.
1.
INTRODUCCIÓN
En las relaciones laborales existen dos clases de suspensiones o interrupciones del contrato laboral, es decir que el trabajador deja de prestar servicios por un lapso de tiempo determinado. Esta suspensiones se pueden clasificar en:
-* Suspensiones remuneradas: Son (por ejemplo) las licencias legales pagas, por vacaciones, enfermedad, accidente, matrimonio, nacimiento, etcétera.
-* Suspensiones no remuneradas: Son aquellas donde la interrupción de la relación laboral se produce por cuestiones disciplinarias o por causas económicas (falta o disminución... >
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